Derecho administrativo: se ocupa de regular el funcionamiento de los órganos ejecutivos del estado y la presentación de servicios públicos. Conjunto de normas jurídicas que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de la Administración pública en sus relaciones con los particulares y con otras Administraciones Públicas (personificadas en una diversidad de órganos).
Administración pública: es el arte de ordenar las actividades del gobierno para realizar un fin.
jueves, 28 de mayo de 2009
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